Funcionamiento del expediente digital y la oralidad durante la feria judicial
La Presidencia del Superior Tribunal de Justicia (STJ) dispuso de que durante el receso judicial de julio de 2026 se apliquen las “Modalidades para compatibilizar el funcionamiento del Expediente Digital y la Oralidad en la Feria Judicial”, aprobadas en el marco de estas actuaciones, por Resolución del Tribunal de Superintendencia N° 110/2022, con las modificaciones aprobadas por Resolución del Tribunal de Superintendencia N° 334/2023-DGA.
Resumen
"COMISIONES ASESORAS DE SEGUIMIENTO DEL SNE Y EXPEDIENTE
DIGITAL S. MODALIDADES PARA COMPATIBILIZAR EL FUNCIONAMIENTO
DEL EXPEDIENTE DIGITAL Y ORALIDAD EN LAS FERIAS JUDICIALES S/
ELEVA"(Expte. n.o 45794 SSE n.° 1884/2020)
Resolución de Presidencia n.° 183/2026 DGA
PARANA, 2 de julio de 2026
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución del Tribunal de Superintendencia
n.° 110/2022 AAA obrante a hojas 76/77 , se aprobaron las "Modalidades para
compatibilizar el funcionamiento del Expediente Digital y la Oralidad en la Feria
Judicial", que fueron modificadas por Resolución de Superintendencia n.°334/2023
DGA ver hojas 115/116 , dictadas en el marco de las presentes actuaciones.
Que, la Comisión Asesora y de Seguimiento del Sistema
de Notificación Electrónica y Expediente Digital, sugiere que para la próxima feria
judicial rijan las disposiciones contenidas en las modalidades ya aprobadas por el
Alto Cuerpo que han resultado satisfactorias en su aplicación.
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo n.o 204 de la Constitución de Entre Ríos y artículo n.o 38
de la Ley n.o 6.902;
Que, por ello;
RESUELVO:
1) Disponer que durante el receso judicial de julio de 2026 se apliquen
las "Modalidades para compatibilizar el funcionamiento del Expediente Digital y la
Oralidad en la Feria Judicial", aprobadas en el marco de estas actuaciones, por
Resolución del Tribunal de Superintendencia n.° 110/2022 de fecha 27/06/2022,
con las modificaciones aprobadas por Resolución del Tribunal de Superintendencia
n.°334/2023 DGA.
2) Notificar a todos los organismos judiciales de la Provincia, a través
de las Superintendencias respectivas, al Colegio de la Abogacía de Entre Ríos y a
sus Secciones y a los demás Colegios de Profesionales.
3o) Notificar a los Ministerios Públicos.
4°) Comunicar a la Comisión Asesora y de Seguimiento del SNE y
Expediente Digital.
5°) Difundir a través del S.I.C.
6°) Registrar.
Fdo.: Dr. CARLOMAGNO (Presidente). Ante mí: Dr. SIMON (Secretario).-
