Funcionamiento del expediente digital y la oralidad durante la feria judicial

La Presidencia del Superior Tribunal de Justicia (STJ) dispuso de que durante el receso judicial de julio de 2026 se apliquen las “Modalidades para compatibilizar el funcionamiento del Expediente Digital y la Oralidad en la Feria Judicial”, aprobadas en el marco de estas actuaciones, por Resolución del Tribunal de Superintendencia N° 110/2022, con las modificaciones aprobadas por Resolución del Tribunal de Superintendencia N° 334/2023-DGA.

3 de julio de 2026

Resumen

El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos aplicará las modalidades de expediente digital y oralidad para la feria judicial de julio de 2026, según resoluciones previas. Estas modalidades, aprobadas por resoluciones del Tribunal de Superintendencia N° 110/2022 y N° 334/2023, buscan compatibilizar el funcionamiento judicial durante el receso. La decisión se fundamenta en la experiencia satisfactoria de la Comisión Asesora y de Seguimiento del SNE y Expediente Digital.
Texto generado con IA

"COMISIONES ASESORAS DE SEGUIMIENTO DEL SNE Y EXPEDIENTE

DIGITAL S. MODALIDADES PARA COMPATIBILIZAR EL FUNCIONAMIENTO

DEL EXPEDIENTE DIGITAL Y ORALIDAD EN LAS FERIAS JUDICIALES S/

ELEVA"(Expte. n.o 45794 SSE n.° 1884/2020)

Resolución de Presidencia n.° 183/2026 DGA

PARANA, 2 de julio de 2026

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que por Resolución del Tribunal de Superintendencia

n.° 110/2022 AAA obrante a hojas 76/77 , se aprobaron las "Modalidades para

compatibilizar el funcionamiento del Expediente Digital y la Oralidad en la Feria

Judicial", que fueron modificadas por Resolución de Superintendencia n.°334/2023

DGA ver hojas 115/116 , dictadas en el marco de las presentes actuaciones.

Que, la Comisión Asesora y de Seguimiento del Sistema

de Notificación Electrónica y Expediente Digital, sugiere que para la próxima feria

judicial rijan las disposiciones contenidas en las modalidades ya aprobadas por el

Alto Cuerpo que han resultado satisfactorias en su aplicación.

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones

conferidas por el artículo n.o 204 de la Constitución de Entre Ríos y artículo n.o 38

de la Ley n.o 6.902;

Que, por ello;

RESUELVO:

1) Disponer que durante el receso judicial de julio de 2026 se apliquen

las "Modalidades para compatibilizar el funcionamiento del Expediente Digital y la

Oralidad en la Feria Judicial", aprobadas en el marco de estas actuaciones, por

Resolución del Tribunal de Superintendencia n.° 110/2022 de fecha 27/06/2022,

con las modificaciones aprobadas por Resolución del Tribunal de Superintendencia

n.°334/2023 DGA.

2) Notificar a todos los organismos judiciales de la Provincia, a través

de las Superintendencias respectivas, al Colegio de la Abogacía de Entre Ríos y a

sus Secciones y a los demás Colegios de Profesionales.

3o) Notificar a los Ministerios Públicos.

4°) Comunicar a la Comisión Asesora y de Seguimiento del SNE y

Expediente Digital.

5°) Difundir a través del S.I.C.

6°) Registrar.

Fdo.: Dr. CARLOMAGNO (Presidente). Ante mí: Dr. SIMON (Secretario).-

Fuente: https://www.jusentrerios.gov.ar/2026/07/funcionamiento-del-expediente-digital-y-la-oralidad-durante-la-feria-judicial/