Corrientes Gestión Judicial

El STJ aprobó el protocolo de videovigilancia para oficinas judiciales penales

La medida fue aprobada en el Acuerdo N°09/26 de este martes 14 de abril y establece reglas claras para la instalación y uso de cámaras en dependencias judiciales, con fines de seguridad y resguardo de las personas.

14 de abril de 2026

Resumen

El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes aprobó un protocolo para la instalación y uso de cámaras de videovigilancia en oficinas judiciales penales, extendiéndolo a todas las dependencias judiciales y del Ministerio Público. La medida busca prevenir incidentes, proteger a las personas y resguardar bienes, sin ser utilizada como control laboral o con fines disciplinarios indiscriminados. Las imágenes tendrán carácter reservado, con monitoreo activo y almacenamiento seguro, y su difusión estará prohibida sin autorización expresa.
Texto generado con IA

El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes aprobó el “Protocolo para la instalación y uso de Cámaras de Videovigilancia en las Oficinas Judiciales Penales (OFIJU)”, en el marco del Acuerdo N° 09/26 celebrado este martes 14 de abril.

La decisión se adoptó al analizar el expediente presentado por la Coordinación de Oficinas Judiciales del Fuero Penal, con el objetivo de regular la instalación, funcionamiento y supervisión de sistemas de videovigilancia con fines exclusivos de seguridad institucional.

En ese sentido, el STJ resolvió: “Aprobar el ‘Protocolo para la instalación y uso de Cámaras de Videovigilancia en las Oficinas Judiciales Penales (OFIJU)’ y además dispuso extender su aplicación a todas las dependencias judiciales y del Ministerio Público”.

El protocolo será de aplicación obligatoria en las Oficinas Judiciales Penales e incluye sectores como:

  1. Áreas de acceso y circulación pública
  2. Salas de espera y zonas cercanas a audiencias
  3. Pasillos
  4. Sectores administrativos de atención al público
  5. Ingresos, egresos y perímetro de los edificios

Finalidad y límites

La implementación de cámaras tiene como objetivos principales:

  1. Prevenir situaciones de violencia o alteraciones del orden
  2. Proteger a magistrados, funcionarios, trabajadores y público
  3. Resguardar bienes e instalaciones
  4. Facilitar la actuación ante emergencias
  5. Registrar incidentes para su análisis institucional

El documento establece expresamente que no podrá utilizarse como mecanismo de control laboral permanente ni con fines disciplinarios indiscriminados.

Monitoreo y resguardo de la información

El sistema contará con un centro de monitoreo activo, almacenamiento seguro y control de accesos. También se designará un responsable encargado de supervisar su funcionamiento y actuar ante situaciones de riesgo.

Las imágenes tendrán carácter reservado y solo podrán utilizarse por razones de seguridad institucional, por requerimiento de autoridad competente o en el marco de investigaciones. Su difusión sin autorización está prohibida.

La colocación de cámaras deberá responder a un análisis previo de riesgo, teniendo en cuenta el flujo de personas, antecedentes de incidentes y puntos críticos de seguridad.

Además, será obligatoria la colocación de carteles visibles que informen a quienes ingresan a los espacios que están siendo grabados por razones de seguridad.

Implementación institucional

La supervisión del sistema estará a cargo del Superior Tribunal de Justicia o del organismo que se designe, en coordinación con áreas técnicas.

Con esta aprobación, el Poder Judicial avanza en la incorporación de herramientas tecnológicas para fortalecer la seguridad en sus dependencias, estableciendo al mismo tiempo criterios claros para garantizar el respeto a la privacidad y los derechos de las personas.

Fuente: https://www.juscorrientes.gov.ar/prensa/el-stj-aprobo-el-protocolo-de-videovigilancia-para-oficinas-judiciales-penales/